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Histórico - Resolución de Directorio N° 1658/2000
Acta
2151
del
12/27/2000
Tema
Documento
Vigencia
Relaciones
Noticias Accesorias
Resolución
Montevideo,
---VISTO: lo dispuesto por el Directorio de la Administración, referente a contemplar la aspiración del sector de las clases pasivas, en cuanto a las fechas de vencimientos de nuestras facturas.
---RESULTANDO I: que ello responde a las solicitudes de las Asociaciones de Jubilados y Organos de Gobierno.
---RESULTANDO II: que el Departamento Comercial y el Centro de Informática en las actuales circunstancias proponen crear cuatro ciclos especiales de clientes jubilados de todo el País, con vencimiento de sus facturas con posterioridad a la última fecha de pago del calendario previsto por el Banco de Previsión Social.
---CONSIDERANDO I: que se trata de una primera etapa para contemplar rápidamente medidas largamente reclamadas por distintos sectores de la Sociedad.
---CONSIDERANDO II: que dado que el período entre el llamado a adherentes y la efectiva facturación de un número significativo de los mismos en los nuevos ciclos será variable, las facturaciones de los primeros adherentes serán estimadas a fin de no alterar los procesos comerciales e informáticos y con el propósito de dar rápida respuesta al sistema propuesto.
---CONSIDERANDO III: que los potenciales adherentes al sistema serán aquellos jubilados o pensionistas que cumplan las siguientes condiciones:
a) Ser jubilado o pensionista, acreditando la calidad de tal mediante la presentación del último recibo de cobro.
b) Ser titular del contrato del servicio. Si el cliente no tiene contrato firmado, la suscripción del mismo será una condición previa a la adhesión al sistema.
c) Que el servicio surta a una vivienda unifamiliar debiendo presentar la última factura abonada (no podrá ser incluido en el nuevo sistema una vivienda que pertenezca a un fraccionamiento ni núcleo habitacional en la medida en que la facturación tome en cuenta el medidor general para el cálculo de los importes individuales), presentando la última factura. El informante deberá corroborar el tipo de servicio en el catastro.
d) Si el cliente adeuda más de una factura, deberá convenir su pago previamente a la adhesión al sistema.
e) Los ingresos mensuales totales del núcleo familiar no deberán superar los tres salarios mínimos nacionales, hecho que se constatará a través de la firma de la solicitud en la que el cliente declara bajo juramento dicha situación.
---ATENTO: a lo informado por el Departamento Comercial.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E:
---1°) APROBAR el procedimiento propuesto por la Gerencia del Departamento Comercial en cuanto a la creación de nuevos ciclos para clientes jubilados y pensionistas, como también la fecha de vencimiento de los mismos.
---2°) APROBAR asimismo las condiciones requeridas para ser adherente al nuevo sistema de jubilados o pensionistas descritas en el Considerando III de la parte expositiva de la presente Resolución.
---3°) DISPONER que el Departamento Comercial conjuntamente con el Centro de Informática elaboren los instructivos que sean necesarios para las áreas operativas, así como la coordinación y la puesta en práctica en lo que estime conveniente.
---4°) DISPONER asimismo que oportunamente la Oficina de Relaciones Públicas le de la difusión correspondiente a la medida que se adopta en coordinación con el Departamento Comercial.
---5°) COMUNÍQUESE a las Gerencias General, de las Regiones Metropolitana, Norte, Sur, Litoral y Este, al Centro de Informática y a la Oficina de Relaciones Públicas. Cumplido, vuelva al Departamento Comercial.
---POR EL DIRECTORIO:
Ingª. Esther M. Yáñez
Dr. Osvaldo García Nouche Presidenta
Pro Secretario General
GTI - Subgerencia Desarrollo y Mantenimiento de Proyectos - EQUIPO 5