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Histórico - Resolución de Directorio N° 1473/2001 BIS - 1
Acta
2197
del
12/26/2001
Tema
Documento
Vigencia
Relaciones
Noticias Accesorias
Resolución
Montevideo,
---VISTO: la situación planteada con las funcionarias Sras. María del Carmen Acquavia y Ana Matilde Cardeillac respecto al pago de la compensación de Despacho prevista en la R/D N° 2695/90 del 14/XI/90 y la modificación operada por la R/D N° 611/96 del 17/IV/96.
---RESULTANDO I: que las citadas funcionarias se desempeñaron hasta el mes de enero de 1993 en el Despacho del entonces Presidente de esta Administración, Arq. Manuel Romay, fecha ésta en que pasaron en Comisión a la Secretaría del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, al producirse la asunción del citado jerarca en calidad de Ministro de la indicada cartera.
---RESULTANDO II: que con fecha 1°/III/95, asumió el Ministerio mencionado, el Sr. Juan Antonio Chiruchi, quien con fecha 2/III/95 solicitó la permanencia de las funcionarias en cuestión en su Secretaría, mediante el sistema de pase en Comisión.
---RESULTANDO III: que con fecha 8/III/95, por R/D N°s 439/95 y 440/95 se autorizaron los indicados traslados en Comisión hasta el fin del mandato del Sr. Ministro.
---RESULTANDO IV: que por R/D N° 611/96 del 17/IV/96 se efectuó un ajuste en el pago de las compensaciones de Despacho, las que pasan a ubicarse en el equivalente a tres o cuatro salarios mínimos nacionales, en lugar de la de una y dos salarios mínimos nacionales vigente hasta esa fecha.
---RESULTANDO V: que las funcionarias en cuestión peticionaron con fecha 11/XII/96, el ajuste de sus compensaciones fundando dicho pedimento en el Art°. 40 de la Ley N° 16.320 de 1/XI/92, en cuanto preceptúa que los funcionarios en Comisión a la orden de entre otros, los Ministros del Estado, serán considerados a todos los efectos y especialmente en cuanto a sus remuneraciones de cualquier naturaleza, como si estuvieren prestando funciones en su lugar de origen. Que a esos efectos, el lugar de origen lo era la Secretaría de la Presidencia de este Organismo, afirmando que les asistía derecho a percibir las compensaciones con su nueva valoración.
---RESULTANDO VI: que con fecha 16/V/97, al producirse la denegatoria ficta de la petición en cuestión, interponen recursos de revocación y anulación, los que se tramitan en Expediente entonces numerado 273265/97, hoy transformado en Expediente N° 2650/99.
---RESULTANDO VII: que no hubo Resolución expresa del recurso de revocación ni se franqueó en consecuencia el subsidiario de anulación existiendo a su respecto denegatoria ficta con fecha 12/III/98.
---CONSIDERANDO I: que la situación planteada debe ser resuelta, para lo cual no constituye impedimento la existencia de denegatoria ficta en mérito a que, aún vencidos los plazos para resolver, los Organismos del Estado deben hacerlo expresamente.
---CONSIDERANDO II: que ambas funcionarias se desempeñaron en forma contínua e ininterrumpida desde el 13/I/93 en la Secretaría del Ministro de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, hasta la fecha, en el caso de la funcionaria Sra. Acquavia y en el caso de la Sra. Cardeillac hasta el mes de enero del presente año, en que se reintegró a la Secretaría del Despacho del Sr. Director Dr. Alberto Casas.
---CONSIDERANDO III: que de conformidad a las normas legales aplicables y en especial al precitado Artículo N° 40 de la Ley N° 16.320, ambas funcionarias deben tener un tratamiento remuneratorio durante todo el período de la Comisión, tal y como si estuvieran cumpliendo funciones en su lugar de origen, lugar éste que en ambos casos lo fue el Despacho de la Presidencia de esta Administración.
---CONSIDERANDO IV: que debe tenerse en cuenta como parte de su remuneración la partida de Despacho que a partir del 1°/III/96 se sitúa en tres y en cuatro salarios mínimos nacionales, partidas éstas que a los efectos legales deben ajustar las correspondientes remuneraciones como si estuvieren cumpliendo efectivamente funciones en el lugar de origen.
---CONSIDERANDO V: que en el período 1°/III/96 al 31/XII/00, a valores históricos, las diferencias acumuladas se sitúan en la suma de $ 139.767,74, para cada una de las funcionarias y que si bien en el caso de la funcionaria Sra. Cardeillac es la única a abonar, en el de la Sra. Acquavia arrastra hasta el día de la fecha la situación diferencial y en consecuencia, procede también realizar los ajustes correctivos a futuro.
---CONSIDERANDO VI: que conforme resulta del Expediente N° 2650/99 citado, se imputó provisoriamente la suma de $ 279.536.oo al Presupuesto Operativo 2001 vigente, con disponibilidad suficiente en el Rubro 9.
---ATENTO: a lo precedentemente indicado y a las emergencias resultantes del expediente 2650/99 antes 273.265/97.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E:
---1°) TOMAR conocimiento de la situación planteada con las funcionarias referidas en el Visto de la presente Resolución.
---2°) DISPONER el pago a las funcionarias Sras. María del Carmen Acquavia N° 19.197, C.I. N° 1.040.336-5 y Ana Matilde Cardeillac Cravoto N° 19.204, C.I. N° 1.281.042-9 la suma de $ 139.767,74 ( pesos uruguayos ciento treinta y nueve mil setecientos sesenta y siete con setenta y cuatro centésimos) a cada una de ellas.
---3°) AUTORIZAR un crédito por la suma de $ 279.536.oo (pesos uruguayos doscientos setenta y nueve mil quinientos treinta y seis) a fin de satisfacer el gasto antes indicado, suma ésta que será imputada en la forma consignada por el Departamento Financiero y Contable.
---4°) DISPONER que a partir del 1°/I/02 se abone a la funcionaria Sra. María del Carmen Acquavia conjuntamente con sus remuneraciones mensuales la compensación dispuesta por R/D N° 2695/90 con el ajuste dispuesto por R/D N° 611/96.
---5°) COMETER al Departamento de Recursos Humanos que formule la liquidación correspondiente al Ejercicio 2001 de la compensación en cuestión correspondiente a la funcionaria Sra. Maria del Carmen Acquavia a fin de acordar una fórmula de pago.
---6°) COMUNIQUESE al Departamento de Recursos Humanos a fin de que proceda conforme a lo indicado en los Numerales 4° y 5° que anteceden. Cumplido, pase por su orden a la Oficina Jurídica Notarial a fin de incorporar estas actuaciones al Expediente N° 2650/99 y siga a la Oficina de Planeamiento y Desarrollo y al Departamento Financiero y Contable.
---POR EL DIRECTORIO:
Juan Justo Amaro
Dr. Osvaldo García Nouche Presidente
Pro Secretario General
GTI - Subgerencia Desarrollo y Mantenimiento de Proyectos - EQUIPO 5