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Histórico - Resolución de Directorio N° 1681/2013

Acta2716 del 12/27/2013
TemaAUTORIZAR un crédito por la suma de $ 563.606,oo (pesos uruguayos quinientos sesenta y tres mil seiscientos seis), que incluye Ajustes (20%) $ 86.724,oo (pesos uruguayos ochenta y seis mil setecientos veinticuatro) e Imprevistos (10%) $ 43.262,oo (pesos uruguayos cuarenta y tres mil doscientos sesenta y dos), para el pago del Contrato de Arrendamiento de Servicios a la Cooperativa “Los Soles” por concepto del servicio de operación y mantenimiento de la Planta de Vermicompostaje de Barros de la Estación de Tratamiento de Agua Residual de Treinta y Tres, por el período de un año, al amparo de lo preceptuado en el Art°. 33°, Literal “c”, Numeral 3°, del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (T.O.C.A.F.) y Normas Concordantes y Complementarias. R/D Nº 1681/13
Documento1438/2013
Vigencia
Relaciones
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Resolución

E. 1438/13
Montevideo, 27 de diciembre de 2013. R/D Nº 1681/13
---VISTO: lo informado por la Gerencia de la Región Sureste, respecto a las coordinaciones y contactos realizados con el MI.DE.S. - Treinta y Tres, tendientes a la contratación de una Cooperativa Social para la operación y mantenimiento de la Planta de Vermicompostaje de Barros de la Estación de Tratamiento de Agua Residual en Treinta y Tres, en el marco del desarrollo de este tipo de alternativas para la gestión de barros efluentes del tratamiento del agua residual.
---RESULTANDO I: que atendiendo a la evaluación realizada con los responsables de la Estación de Tratamiento, la Jefatura Técnica Departamental y el personal técnico de la Gerencia de Saneamiento, a cargo de la supervisión central del tema, se entendió la conveniencia de avanzar de la fase de plan piloto a una fase de incorporación integral de las citadas instalaciones, a la operativa de la Estación de Tratamiento, para lo cual se requiere contar con un equipo de trabajo con una flexibilidad en el régimen de trabajo, diferente a la de turnos de funcionamiento con la que funciona la Estación de Tratamiento.
---RESULTANDO II: que los resultados y experiencia que se alcancen en la gestión de la Planta de Vermicompostaje, permitirían por una parte solucionar la problemática ambiental de disposición de barros en la ciudad de Treinta y Tres y por otra parte avanzar en soluciones similares en otros casos del País, en el marco del Tema Estratégico de Calidad de Agua y Cuidado del Medio Ambiente, del Plan de Acción del Organismo.
---CONSIDERANDO I: que la Cooperativa Los Soles, es una Cooperativa Social de la ciudad de Treinta y Tres, que presentó cotización para la realización de estos trabajos ante esta Gerencia, acreditando que se encuentra en condiciones para ejecutar los mismos.
---CONSIDERANDO II: que las Cooperativas Sociales se encuentran reguladas por la Ley Nº 18.407, Artº. 178º, quedando las mismas exoneradas de todo tributo nacional. Por otra parte, las mismas cumplen, según lo informado por las autoridades del MI.DE.S., con los requisitos establecidos en la Ley Nº 17.978, como empresas con solvencia y responsabilidad demostrada.
---CONSIDERANDO III: que la Oficina Departamental del MI.DE.S. en Treinta y Tres, deja constancia que la Cooperativa en cuestión, es la única Cooperativa inscripta que se encuentra en condiciones de prestar el servicio en la ciudad de Treinta y Tres.
---CONSIDERANDO IV: que los trabajos en todos los predios serán supervisados por personal de la Oficina Técnica y la Unidad de Saneamiento de Treinta y Tres, bajo la órbita de la citada Jefatura Técnica y en coordinación y comunicación con Técnicos de la Gerencia de Saneamiento, quienes tendrán a su cargo la aprobación del plan de trabajo, el control de las horas/hombre diarias trabajadas, la supervisión de los trabajos realizados y la validación y trámite de los certificados mensuales de los trabajos efectuados para el posterior trámite de pago, etc..
---CONSIDERANDO V: que el monto cotizado para la realización de estos trabajos por un período de un año, asciende a la cantidad de $ 433.620,oo y que esta cotización presentada es acorde a los precios de mercado que se manejan para este tipo de trabajos planteados.
---ATENTO: a lo preceptuado en el Art°. 33°, Literal “c”, Numeral 3°, del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (T.O.C.A.F.) y Normas Concordantes y Complementarias.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E:
---1º) AUTORIZAR un crédito por la suma de $ 563.606,oo (pesos uruguayos quinientos sesenta y tres mil seiscientos seis), que incluye Ajustes (20%) $ 86.724,oo (pesos uruguayos ochenta y seis mil setecientos veinticuatro) e Imprevistos (10%) $ 43.262,oo (pesos uruguayos cuarenta y tres mil doscientos sesenta y dos), para el pago del Contrato de Arrendamiento de Servicios a la Cooperativa “Los Soles” por concepto del servicio de operación y mantenimiento de la Planta de Vermicompostaje de Barros de la Estación de Tratamiento de Agua Residual de Treinta y Tres, por el período de un año, al amparo de lo preceptuado en el Art°. 33°, Literal “c”, Numeral 3°, del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (T.O.C.A.F.) y Normas Concordantes y Complementarias.
---2º) COMUNÍQUESE a la Gerencia del Departamento de Suministros con copia de esta Resolución, a efectos de la continuación del trámite en el Sistema SAP.
---3º) CUMPLIDO, comuníquese asimismo a las Gerencias General y de la Región Sureste. Oportunamente, pase por su orden a los Departamentos Financiero - Contable y de Suministros para su intervención.
---POR EL DIRECTORIO:


Ing. Milton Machado
Dr. Gustavo Pérez Vilche Presidente
Secretario General

1681-13.doc - 1681-13.doc





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