| Histórico - Resolución de Directorio N° 1837/2004 |
| Acta | 2329 del 12/29/2004 |
| Tema | PRORROGAR el plazo previsto por R/D N° 902/02 de fecha 17/IX/02, hasta el 31/III/05, a fin de que los usuarios interesados que se encuentren morosos en el pago de 3 meses o más al 31/XII/04, puedan ampararse al régimen de facilidades de pago establecido. (R/D N° 1837/04) |
| Documento | 47/2005 |
| Vigencia | |
| Relaciones | |
| Noticias Accesorias | |
Montevideo, 29 de diciembre de 2004. R/D N° 1837/04
---VISTO: que por R/D N° 902/02 del 17/IX/02, se dispuso que los clientes que al 30/VIII/02 se encontraran morosos en el pago de 3 meses o más y los que habiendo realizado Convenios por adeudos atrasados el mismo haya caducado por falta de pago a la fecha indicada, podrían acogerse a partir del 1°/X/02 a una modalidad de regularización de la deuda, hasta el 31/XII/02.
---RESULTANDO: que por R/D N° 1313/02 de fecha 26/XII/02, se prorrogó el plazo previsto por la mencionada Resolución, hasta el 31/III/03 y posteriormente por las R/D N°s 410/03 del 27/III/03, 975/03 del 2/VII/03, 1089/03 del 30/VII/03, 1422/03 del 24/IX/03, 1930/03 del 29/XII/03, 111/04 del 29/I/04, 948/04 del 28/VII/04 y 1309/04 del 29/IX/04, igualmente se amplió el mismo hasta las siguientes fechas 30/VI/03, 31/VII/03, 30/IX/03, 31/XII/03, 30/I/04, 30/VII/04, 30/IX/04 y 30/XII/04, respectivamente a fin de que los usuarios interesados pudieran ampararse al régimen de facilidades de pago establecido.
---CONSIDERANDO: que en el transcurso del tiempo de vigencia de las presentes medidas se han presentado situaciones especiales que requieren una rápida respuesta a fin de no desvirtuar las soluciones propuestas.EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E:
---1°) PRORROGAR el plazo previsto por R/D N° 902/02 de fecha 17/IX/02, hasta el 31/III/05, a fin de que los usuarios interesados que se encuentren morosos en el pago de 3 meses o más al 31/XII/04, puedan ampararse al régimen de facilidades de pago establecido.
---2°) DISPONER que la Oficina de Relaciones Públicas de amplia difusión a lo dispuesto en la presente Resolución.
---3°) FACULTAR a la Gerencia del Departamento Comercial a la inclusión en el presente régimen, en forma excepcional, de aquellas situaciones de morosidad análogas a las del Numeral 1°, que estrictamente no cumplan con el requisito de los meses de atraso o del tope al 31/XII/04, que así lo ameriten; debiendo la misma elevar información pormenorizada en forma bimestral al Directorio.
---4°) COMUNÍQUESE a las Gerencias General y de las Regiones Metropolitana, Sur, Este, Norte y Litoral, a los Departamentos Financiero y Contable y Comercial, a la Inspección General y a las Oficinas de Planeamiento y Desarrollo y de Relaciones Públicas. Cumplido, pase al Grupo de Trabajo designado por R/D N° 404/02 del 24/IV/02.
---POR EL DIRECTORIO:
Ing° Carlos Rodríguez Landoni
Prof. Alberto Heber Martínez Tejera Presidente
Secretario General |
- 1837-04.doc |
GTI - Subgerencia Desarrollo y Mantenimiento de Proyectos - EQUIPO 5
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