E. 701/10
Montevideo, 27 de diciembre de 2011. R/D N° 1993/11
---VISTO: estos antecedentes por los que la Jefatura de la Sección Registro de Personal da cuenta que con motivo del dictado de la R/D Nº 1294/09 de fecha 17/IX/09 -a través de la cual se autorizó la contratación para cumplir tareas de Peón por el plazo de 60 días, a partir del 19/IX/09 y hasta el 17/XI/09, de los ciudadanos (vinculados a dicha fecha) seleccionados en carácter de suplentes en el llamado público realizado oportunamente para contratar personal zafral (los cuales constan en las Actas y nómina que se adjuntaran formando parte integrante de la R/D Nº 1934/08 del 10/XII/08) y que suscribieran Contrato hasta el 18/IX/09 (con arreglo a la autorización dispuesta por la R/D Nº 494/09 de fecha 22/IV/09) al ser convocados para cumplir las referidas tareas en las localidades que se detallaran en la nómina que se adjuntara como parte integrante de la R/D N° 1370/08 del 5/IX/08- detectó (al solicitar el envío del nuevo Contrato) que en su oportunidad no se había procedido a dar de baja al Peón del Servicio Salto, Sr. Alejandro María Ferreira, por rescisión de Contrato, con arreglo a la renuncia al Organismo que el mismo presentara con fecha 27/V/09.
---RESULTANDO I: que la citada Jefatura informa que la Nota de renuncia presentada por el entonces funcionario, no fue procesada por la referida Sección, por cuanto -al no haber sido enviada en forma, ni complementada con la “Acción de Personal” respectiva que comunicara la baja pertinente- la misma pasó inadvertida; así como que -en forma inmediata al envío de la comunicación de la baja del Sr. Ferreira, a través de la “Acción de Personal” correspondiente- ratificó a la Sección Liquidación de Haberes el informe proporcionado oportunamente en el sentido que -hasta tanto se contara con nueva información- había sido dado de baja por vencimiento de Contrato a partir del 18/IX/09, con arreglo a lo dispuesto en la citada R/D Nº 494/09.
---RESULTANDO II: que la Jefatura Comercial Operativa de Salto da cuenta que -si bien en su oportunidad no envió la “Acción de Personal” pertinente comunicando la baja correspondiente del renunciante con fecha 27/V/09- tramitó la renuncia presentada por el mismo, conjuntamente con una serie de documentación relativa a varios ciudadanos, a través del Memorando Jefatura Comercial Departamental de Salto-16/2009 del 28/V/09.
-- ---RESULTANDO III: que la Sección Liquidación de Haberes informa que el Sr. Ferreira cobró los haberes de los meses de: mayo/2009, junio/2009, julio/2009, agosto/2009 y septiembre/2009, procediéndose a su baja en el mes de octubre/2009, según el listado de vencimiento de Contratos de fecha 18/IX/09, siendo que presentó renuncia con fecha 27/V/09.
---CONSIDERANDO I: que en razón de los hechos expuestos en los informes producidos por las distintas dependencias actuantes en estas actuaciones, la Asesoría de Directorio, estima pertinente disponer la realización de una investigación administrativa, a efectos de deslindar responsabilidades, lo que es compartido por el Directorio.
-- ---CONSIDERANDO II: que en virtud del perjuicio económico causado al Organismo, se estima necesario disponer la remisión de copia autenticada de estas actuaciones a la Sección Abogacía y Contencioso de la Oficina Jurídica Notarial, a fin de evaluar si corresponde iniciar acciones judiciales contra el Sr. Alejandro María Ferreira, a los efectos de perseguir el cobro de lo adeudado.
---ATENTO: a lo preceptuado por el Artº. 168° del Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario, puesto en vigencia por R/D N° 583/92 de fecha 22/IV/92.EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E: ---1º) DISPONER la realización de una investigación administrativa a efectos de deslindar responsabilidades en los hechos referidos.
---2º) REMITASE copia autenticada de estas actuaciones a la Sección Abogacía y Contencioso de la Oficina Jurídica Notarial según lo indicado en el Considerando II de esta Resolución.
---3º) CUMPLIDO lo dispuesto en el Numeral anterior, comuníquese al Departamento de Recursos Humanos y oportunamente, pase a la Oficina Jurídica Notarial a sus efectos.
---POR EL DIRECTORIO:
Ingº Milton Machado
Dr. Mario Bianchi Presidente
Secretario General |