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Histórico - Resolución de Directorio N° 1899/2007

Acta2455 del 12/18/2007
TemaAPROBAR el Convenio que se adjunta y es parte integrante de la presente Resolución, a celebrar entre O.S.E. y la empresa Botnia S.A. con el objeto al que se hace mención precedentemente. R/D N° 1899/07.
Documento85/2008
Vigencia
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Resolución

CONVENIO O.S.E.- BOTNIA
TUBERIA DE CONTINGENCIA BOTNIA - FRAY BENTOS
CONVENIO: En la ciudad de Fray Bentos, Departamento de Río Negro, el ...... de diciembre de 2007, se reúnen:
---POR UNA PARTE: BOTNIA SOCIEDAD ANONIMA representada en este acto por el Ing°. Ronald Beare y la Cra. Estela Machín, en sus calidades de apoderados, con domicilio a estos efectos en la calle Cebollatí N° 1474 Planta Baja de la ciudad de Montevideo.
---POR OTRA PARTE: LA ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO (O.S.E.) representada en este acto por el Ing°. Carlos Colacce y el Dr. Daoiz Uriarte Araújo, en sus respectivas calidades de Presidente y Secretario General, con domicilio en la calle Carlos Roxlo N° 1275 de la ciudad de
Montevideo, quienes convienen celebrar el siguiente Convenio, de acuerdo a las siguientes Cláusulas:
1. RECEPCIÓN: O.S.E. recibirá la tubería de contingencia construida por BOTNIA, a la fecha de la firma de este Convenio, en forma provisoria hasta tanto estén realizadas todas las pruebas y verificaciones que restan por llevarse a cabo. Luego de estas acciones se procederá a la recepción definitiva de la tubería.
2. OPERACIÓN: Se distinguen dos tipos de operación de la tubería de contingencia:
• operación de rutina con una frecuencia en principio semanal y
• operación de emergencia
Existirá un Protocolo de Operación aprobado por ambas partes.
Para realizar las maniobras en ambas situaciones los operadores de O.S.E. y BOTNIA deberán respetar estrictamente dicho Protocolo.
2.1 OPERACIÓN DE RUTINA DE LA TUBERÍA DE CONTINGENCIA
Para mantener el agua de la tubería en condiciones de ser potabilizada, se deberá poner en funcionamiento la línea, impulsando el agua al desagüe con una frecuencia, en principio semanal, pero que podrá ajustarse a las necesidades de O.S.E.. La definición de esta frecuencia se basará en criterios técnicos en función de los resultados de la operación, a efectos de garantizar una gestión adecuada de la tubería en lo que refiere a la calidad del agua.
De esta forma se asegurará además que el sistema se encuentra operativo en todos sus componentes (equipos electromecánicos, válvulas, protecciones antiariete, etc.).
2.2 OPERACIÓN DE EMERGENCIA DE LA TUBERÍA DE CONTINGENCIA:
Ante una emergencia que comprometa el adecuado abastecimiento de agua potable de la ciudad de Fray Bentos se pondrá en operación la tubería de contingencia en forma inmediata, de acuerdo al Protocolo de Operación acordado entre las partes.
3. MANTENIMIENTO:
Se deberá realizar mantenimiento, con una frecuencia que asegure el buen funcionamiento del sistema en su conjunto incluyendo: los equipos de bombeo, tanques hidroneumáticos y a todas las válvulas y piezas especiales de la tubería.
Se deberán dar a conocer entre los operadores del sistema (O.S.E.-BOTNIA), las rutinas de mantenimiento de equipos e instalaciones en base a lo recomendado por los fabricantes e instaladores.
4. RESPONSABILIDADES:
4.1 Será responsabilidad de BOTNIA dar aviso a O.S.E. en forma inmediata, sobre cualquier cambio de los parámetros de calidad que se detecte en el agua bruta, ya sea debido a irregularidades en el vertido de efluentes de la fábrica, o accidentes fluviales que pudieran afectar el área de protección de la toma actual de O.S.E..
4.2 Será responsabilidad de O.S.E. la toma de decisiones de usar la toma y tubería de contingencia cuando lo crea pertinente y durante el tiempo que estime necesario.
4.3 Serán de responsabilidad del personal de O.S.E. las maniobras de apertura y cierre de válvulas en el múltiple de acceso a la Usina de O.S.E..
4.4 Será responsabilidad de BOTNIA las maniobras de encendido y apagado del equipo de bombeo hacia la Usina de O.S.E., de acuerdo al Protocolo de Operación.
4.5 Será responsabilidad de BOTNIA realizar mantenimiento según frecuencia estipulada de manera de asegurar el correcto funcionamiento en todo momento, a:
• los equipos de bombeo destinados a O.S.E., la bomba de uso regular y las que puedan reemplazarlas en caso de que ésta falle.
• los Tanques Hidroneumáticos y su adecuada presurización, según Protocolo de Operación.
Se deberá establecer con el acuerdo de ambas partes la frecuencia de mantenimiento de los equipos de bombeo, según las sugerencias de los fabricantes y formando parte del protocolo de mantenimiento, debiendo registrarse el tipo de mantenimiento realizado a los equipos y su frecuencia.
4.6 Será responsabilidad de O.S.E. realizar mantenimiento a las válvulas de aire, de desagüe, de cierre y de alivio con una frecuencia que asegure el buen funcionamiento de la misma en todo momento.
5. VIGENCIA DEL CONTRATO: El presente Convenio entrará en vigencia a partir de su otorgamiento.
6. DOMICILIOS ESPECIALES y NOTIFICACION ENTRE LAS PARTES: Para todos los efectos judiciales o extrajudiciales de este Convenio las partes fijan como domicilios especiales los indicados como suyos en la comparecencia y acuerdan el valor del telegrama colacionado como medio auténtico de notificación.
7. El presente Contrato fue aprobado por Resolución del Directorio de O.S.E. N° ..............................de fecha............................Expediente................................
Y PARA SU FIEL CUMPLIMIENTO, se firman dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.












Montevideo, 18 de diciembre de 2007. R/D N° 1899/07
---VISTO: que por R/P N° 39/07 del 15/VIII/07, convalidada por R/D N° 1210/07 del 21/VIII/07, se concedió en carácter de Comodato a la empresa Botnia S.A., cinco equipos de bombeo con sus correspondientes accesorios, por un plazo máximo de 60 días, a los efectos de la ejecución de una tubería de impulsión de 8 Km de longitud la cual sería utilizada como toma de contingencia de la ciudad de Fray Bentos.
---CONSIDERANDO: que en esta instancia se hace necesario aprobar un Convenio entre O.S.E. y la citada Empresa, a los efectos de recibir provisoriamente y operar la tubería de contingencia, la cual representa la alternativa al abastecimiento de agua a la Usina de Potabilización de la ciudad de Fray Bentos, realizando las maniobras de acuerdo al Protocolo de Operación correspondiente.
---ATENTO: a lo expuesto precedentemente.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E:
---1°) APROBAR el Convenio que se adjunta y es parte integrante de la presente Resolución, a celebrar entre O.S.E. y la empresa Botnia S.A. con el objeto al que se hace mención precedentemente.
---2°) REMITIR Oficio a la empresa Botnia S.A., haciéndole saber la presente Resolución.
---3°) CUMPLIDO, comuníquese a la Gerencia General y oportunamente, pase a la Oficina Jurídica Notarial a sus efectos.
---POR EL DIRECTORIO:


Ing° Carlos Colacce
Dr. Daoiz G. Uriarte Presidente
Secretario General

1899-07.doc - 1899-07.doc





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