| Histórico - Resolución de Directorio N° 1893/2007 |
| Acta | 2455 del 12/18/2007 |
| Tema | MODIFICAR la Cláusula III del Convenio aprobado por R/D N° 1345/06 de fecha 15/XI/06 y suscrito el 7/XI/06 con la Intendencia Municipal de Artigas, al que se hace mención en el Visto de la presente Resolución, la que quedará redactada de la siguiente forma: “La Intendencia Municipal de Artigas se obliga a abonar a O.S.E. la suma de $ 8:691.505,oo (pesos uruguayos ocho millones seiscientos noventa un mil quinientos cinco), a los efectos de financiar las obras de ampliación de la red de colectores en los barrios mencionados. Las partes convienen asimismo que el referido monto será destinado a la cancelación de deudas”. R/D N° 1893/07. |
| Documento | 74/2008 |
| Vigencia | |
| Relaciones | |
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Montevideo, 18 de diciembre de 2007. R/D N° 1893/07
---VISTO: la R/D N° 1345/06 de fecha 15/XI/06, por la que se aprobó el Convenio suscrito el 7/XI/06 con la Intendencia Municipal de Artigas, cuyo objeto es la ampliación de la red de colectores para los Barrios Progreso y Las Piedras de la ciudad de Bella Unión del Departamento de Artigas, por un monto de $ 8:691.505,oo.
---RESULTANDO I: que en la Cláusula III del Convenio de referencia, se estableció que la Intendencia Municipal de Artigas se obliga a ceder a O.S.E., los créditos de los certificados de desembolso provenientes del Fondo de Desarrollo del Interior, que ascienden a la suma de $ 8:691.505,oo a efectos de financiar las referidas obras.
---RESULTANDO II: que oportunamente, por voluntad de ambas partes se acordó la modificación de la Cláusula III del Convenio de referencia.
---CONSIDERANDO: que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde al Directorio en esta instancia aprobar la modificación de la referida Cláusula.EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E: ---1°) MODIFICAR la Cláusula III del Convenio aprobado por R/D N° 1345/06 de fecha 15/XI/06 y suscrito el 7/XI/06 con la Intendencia Municipal de Artigas, al que se hace mención en el Visto de la presente Resolución, la que quedará redactada de la siguiente forma: “La Intendencia Municipal de Artigas se obliga a abonar a O.S.E. la suma de $ 8:691.505,oo (pesos uruguayos ocho millones seiscientos noventa un mil quinientos cinco), a los efectos de financiar las obras de ampliación de la red de colectores en los barrios mencionados. Las partes convienen asimismo que el referido monto será destinado a la cancelación de deudas”.
---2°) REMITIR Oficio a la Intendencia Municipal de Artigas, comunicándole la presente Resolución.
---3°) CUMPLIDO, comuníquese a las Gerencias General, de la Región Norte y de Programas con Financiamiento Externo y oportunamente pase a la Oficina Jurídica Notarial (División Escribanía) a los efectos pertinentes.
---POR EL DIRECTORIO:
Ing° Carlos Colacce
Dr. Daoiz G. Uriarte Presidente
Secretario General |
- 1893-07.doc |
GTI - Subgerencia Desarrollo y Mantenimiento de Proyectos - EQUIPO 5
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