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Histórico - Resolución de Directorio N° 1893/2007

Acta2455 del 12/18/2007
TemaMODIFICAR la Cláusula III del Convenio aprobado por R/D N° 1345/06 de fecha 15/XI/06 y suscrito el 7/XI/06 con la Intendencia Municipal de Artigas, al que se hace mención en el Visto de la presente Resolución, la que quedará redactada de la siguiente forma: “La Intendencia Municipal de Artigas se obliga a abonar a O.S.E. la suma de $ 8:691.505,oo (pesos uruguayos ocho millones seiscientos noventa un mil quinientos cinco), a los efectos de financiar las obras de ampliación de la red de colectores en los barrios mencionados. Las partes convienen asimismo que el referido monto será destinado a la cancelación de deudas”. R/D N° 1893/07.
Documento74/2008
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Resolución

Montevideo, 18 de diciembre de 2007. R/D N° 1893/07
---VISTO: la R/D N° 1345/06 de fecha 15/XI/06, por la que se aprobó el Convenio suscrito el 7/XI/06 con la Intendencia Municipal de Artigas, cuyo objeto es la ampliación de la red de colectores para los Barrios Progreso y Las Piedras de la ciudad de Bella Unión del Departamento de Artigas, por un monto de $ 8:691.505,oo.
---RESULTANDO I: que en la Cláusula III del Convenio de referencia, se estableció que la Intendencia Municipal de Artigas se obliga a ceder a O.S.E., los créditos de los certificados de desembolso provenientes del Fondo de Desarrollo del Interior, que ascienden a la suma de $ 8:691.505,oo a efectos de financiar las referidas obras.
---RESULTANDO II: que oportunamente, por voluntad de ambas partes se acordó la modificación de la Cláusula III del Convenio de referencia.
---CONSIDERANDO: que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde al Directorio en esta instancia aprobar la modificación de la referida Cláusula.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E:
---1°) MODIFICAR la Cláusula III del Convenio aprobado por R/D N° 1345/06 de fecha 15/XI/06 y suscrito el 7/XI/06 con la Intendencia Municipal de Artigas, al que se hace mención en el Visto de la presente Resolución, la que quedará redactada de la siguiente forma: “La Intendencia Municipal de Artigas se obliga a abonar a O.S.E. la suma de $ 8:691.505,oo (pesos uruguayos ocho millones seiscientos noventa un mil quinientos cinco), a los efectos de financiar las obras de ampliación de la red de colectores en los barrios mencionados. Las partes convienen asimismo que el referido monto será destinado a la cancelación de deudas”.
---2°) REMITIR Oficio a la Intendencia Municipal de Artigas, comunicándole la presente Resolución.
---3°) CUMPLIDO, comuníquese a las Gerencias General, de la Región Norte y de Programas con Financiamiento Externo y oportunamente pase a la Oficina Jurídica Notarial (División Escribanía) a los efectos pertinentes.
---POR EL DIRECTORIO:


Ing° Carlos Colacce
Dr. Daoiz G. Uriarte Presidente
Secretario General

1893-07.doc - 1893-07.doc





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