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Histórico - Resolución de Directorio N° 1977/2011

Acta2631 del 12/27/2011
TemaDISPONER la realización de una investigación administrativa a efectos de esclarecer los hechos denunciados y deslindar responsabilidades. R/D Nº 1977/11.
Documento1654/2011
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Resolución

E. 1654/11
Montevideo, 27 de diciembre de 2011. R/D Nº 1977/11
---VISTO: estos antecedentes por los que la Jefatura Comercial Departamental de Cerro Largo da cuenta de las irregularidades constatadas en el Servicio Cerro Chato desde el día 20/VI/11, oportunidad en que quien actúa como titular de dicha Jefatura se trasladara con otros tres funcionarios a dicho Servicio para mantener una conversación y prestar apoyo al Sr. Encargado del mismo, por problemáticas de incumplimiento de tareas en el Servicio de que se trata.
---RESULTANDO I: que de acuerdo a lo informado por la citada Jefatura, las irregularidades constatadas en el Servicio de referencia consisten, entre otras, en: detección de pérdidas en diferentes tuberías: de 250 mm en línea de bombeo desde Usina, de 150 mm de distribución en la ciudad; existencia de conexiones atrasadas; retardo en órdenes de trabajo de cortes por mora; incumplimiento de la toma de consumo en el período correspondiente del 7/VII/11 al 11/VII/11, durante el cual se verifica que 646 cuentas no fueron tomadas; irregularidades en menos $ 1,oo depositado en Cerro Chato y Valentines; no cumplimiento con las notificaciones de facturas; el día 22/VII/11 se reciben cinco boletas de A.N.C.A.P., correspondientes a cinco vales de gasoil sin las correspondientes planillas de recorrido; comunicación por parte de la precitada Administración de una deuda que el Organismo mantiene con la misma cuyo monto asciende a la suma de $ 4.543,oo; comprobación de 14 inconsistencias en la inspección de lectura de 34 cuentas efectuada, así como de 3 inconsistencias en la inspección de 11 cortes realizados.
---RESULTANDO II: que por parte de la citada Jefatura se da cuenta asimismo que -en relación a la factura Nº 117182997, Cuenta Nº 7543416- se observa en su original, que está sellada con firma y que no es legible el número de Cobrador, así como que no se cortó el talón, no obstante lo cual -la cobranza del día 29/VI/11- la efectuó el Auxiliar de Oficios B, Categoría 3, del Servicio Cerro Chato-Valentines, Sr. José Ricardo Burgos, Nº 19.079, C.I. Nº 3:202.557-9 -en funciones de Encargado de Servicio Comercial Operativo 2, Categoría 10, conforme a lo que se indica en la planilla que luce adjunta a la R/D Nº 1681/09 de fecha 26/XI/09 (la que se considerara parte integrante de la misma y fuera sustituída por la que se aprobara por la R/D Nº 1733/09 del 10/XII/09)- según consta en informe de lotes, no figurando dicha cuenta en el módulo de cobros; así como que la clienta titular de la Cuenta Nº 17500257, la que -con aviso de corte, 4/VI/11- se presenta ante el Sr. Burgos (según se desprende del Sello de Cobrador, Nº 745) el día 6/VI/11 y efectúa el pago de las facturas Nºs. 115192275 y 116193563, por un importe de $ 824,oo y que la clienta de referencia -al salir la orden de trabajo de corte por impagados, el día 15/VI/11- se presenta nuevamente y paga las mismas, por duplicado, a otro funcionario del Servicio mencionado el día 8/VIII/11, el que deposita el importe correspondiente en el Banco de la República Oriental del Uruguay: Secuencia 0009000128, E/C 0319752.
---CONSIDERANDO I: que la Gerencia de la Región Noreste solicitó intervención de la Oficina Jurídica Notarial, la cual -a través de la Sección Asesoría Letrada- establece que no resulta claro que todas las irregularidades enumeradas (y que se dan cuenta en el Resultando I) correspondan al incumplimiento del Sr. Burgos en el desempeño de su cargo, es decir -si todas las tareas que allí se describen y que no se han cumplido debidamente- integran la descripción de funciones del cargo que desempeña el citado funcionario y por ende su incumplimiento respectivo, así como que lo expuesto por la Sub Gerencia Comercial Operativa de la citada Región -al referirse a la comprobación de hechos irregulares e individualización de responsables, razón por la cual la Gerencia del Departamento de Recursos Humanos en el entendido de que pueden existir más responsables de los incumplimientos detectados, estima pertinente que se realice una investigación administrativa, criterio compartido por la Jefatura de la referida Oficina, así como por la mencionada Gerencia, la cual solicita la realización de la misma.
---CONSIDERANDO II: que este Directorio, en virtud de lo expuesto precedentemente, entiende pertinente asimismo disponer la instrucción de sumario administrativo al Sr. Burgos, con separación del cargo y retención total de haberes.
---ATENTO: a lo preceptuado en los Artºs. 166º y 168° del Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario, puesto en vigencia por R/D Nº 583/92 de fecha 22/IV/92.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
R E S U E L V E:
---1º) DISPONER la realización de una investigación administrativa a efectos de esclarecer los hechos denunciados y deslindar responsabilidades.
---2º) DISPONER asimismo la instrucción de sumario administrativo, al Auxiliar de Oficios B, Categoría 3, del Servicio Cerro Chato-Valentines, Sr. José Ricardo Burgos, Nº 19.079, C.I. Nº 3:202.557-9 -en funciones de Encargado de Servicio Comercial Operativo 2, Categoría 10, con separación del cargo y retención total de haberes.
---3º) COMUNIQUESE a la Gerencia de la Región Noreste, al Departamento de Recursos Humanos, a la Sección Créditos Sociales y al Servicio Odontológico. Cumplido, pase a la Oficina Jurídica Notarial a sus efectos.
---POR EL DIRECTORIO:


Ingº Milton Machado
Dr. Mario Bianchi Presidente
Secretario General

1977-11.doc - 1977-11.doc





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